- Un amplio análisis de las acciones que están a la mano del Presidente de EE.UU hacen las funcionarias del MINREX Ariadna Cornelio Hitchman y Gretter Alfonso Guzmán.
- Facultades que tiene Obama para permitir los viajes en ferry, ampliar exportaciones e importaciones comerciales, mejorar bienestar de salud en ambos pueblos, modificar regulaciones bancarias y financieras
- Sólo existen cuatro restricciones amparadas en las leyes estadounidenses Helms-Burton y Torricelli.
Con la firma de la Ley para la Libertad y Solidaridad Democrática
Cubanas (conocida como Ley Helms-Burton) por el presidente William Clinton el
12 de marzo de 1996, quedó codificado en ley el bloqueo contra Cuba y la madeja
de órdenes ejecutivas que lo sustentan. De esta manera, las prerrogativas del
Presidente para conducir la política exterior hacia Cuba fueron traspasadas al
Congreso, en lo concerniente al levantamiento del bloqueo contra nuestro país.
Sin embargo, al mismo tiempo, esa misma ley preservó las amplias facultades del
Presidente para, a través de la emisión de licencias, permitir transacciones
referidas al bloqueo que están reguladas por el Código Federal de Regulaciones
de Estados Unidos.
Solo existen cuatro aspectos en que el Presidente no puede
actuar, pues requieren la acción congresional para su eliminación o
modificación por estar regulados en leyes estadounidenses. El primero es la
prohibición a subsidiarias de Estados Unidos en terceros países a comerciar
bienes con Cuba, recogida en la Ley para la Democracia Cubana de 1992 (más
conocida como Ley Torricelli). El segundo es la imposibilidad de realizar
transacciones con propiedades norteamericanas que fueron nacionalizadas por
nuestro país, lo cual está prohibido por la Ley Helms-Burton. Otras dos
prohibiciones fueron incluidas en la Ley de Reforma de las Sanciones
Comerciales y Ampliación de las Exportaciones del 2000, que impide a los
ciudadanos estadounidenses viajar a Cuba con fines turísticos y obliga a
nuestro país a pagar en efectivo y por adelantado por las compras de productos
agrícolas en Estados Unidos.
Fuera de estas cuatro restricciones amparadas en las leyes
estadounidenses mencionadas, el Presidente puede acudir a sus prerrogativas
ejecutivas para modificar la implementación de la política de bloqueo contra
Cuba.
Muestra de esta capacidad presidencial fue lo ocurrido el
pasado 17 de diciembre del 2014, cuando el Presidente de Estados Unidos anunció
varias medidas para modificar la aplicación de determinadas regulaciones del
bloqueo. Con posterioridad a este paso, el 15 de enero del 2015, los
Departamentos de Tesoro y Comercio publicaron las regulaciones administrativas
para implementar las medidas anunciadas por el Presidente, las cuales entraron
en vigor el día siguiente.
Este puede ser el procedimiento a seguir en lo adelante para
eliminar una buena parte de las restricciones económicas, financieras y
comerciales que el gobierno de Estados Unidos mantiene contra nuestro país. Las
modificaciones realizadas por Obama están lejos de ser “todo lo que el
Presidente puede hacer”, como bien reconocen varios sectores y expertos en el
propio Estados Unidos. Aunque ciertamente significan un paso de avance en temas
como viajes a Cuba, telecomunicaciones y remesas, muchas otras prohibiciones
pueden ser eliminadas con la intervención del Presidente. Una modificación
sustantiva del andamiaje del bloqueo es posible si Obama continúa utilizando
sus amplias facultades ejecutivas para eliminar muchas de las restricciones
vigentes.
-- En relación con los viajes, el Presidente
podría permitir servicios de ferry entre Estados Unidos y Cuba, además de
eliminar el límite al valor de los productos que pueden ser importados desde
Cuba por los viajeros estadounidenses que visitan nuestro país, para uso
personal o como regalos. También, podría autorizar que los aviones cubanos
vuelen a Estados Unidos y transporten viajeros entre los dos países.
-- En materia de comercio, Obama podría permitir que Cuba
importe desde terceros países productos que contengan más de un 10 % de
componentes norteamericanos. Asimismo, podría autorizar las exportaciones a
Cuba de otros productos estadounidenses y permitir las importaciones en EE.UU. de
servicios o productos cubanos, incluyendo aquellos manufacturados en terceros
países que contienen materias primas cubanas como níquel o azúcar.
-- La salud es otro sector en el que se pueden adoptar
medidas con amplio impacto en el bienestar de ambos pueblos. La lista de
acciones que podría acometer el Presidente comprende entre otras: autorizar a
ciudadanos de EE.UU. a recibir tratamientos médicos en Cuba; permitir la
exportación de medicinas y equipos médicos que puedan utilizarse en la
producción de productos biotecnológicos cubanos; permitir las ventas de
materias primas que Cuba necesita para producir medicamentos para la población
cubana y para otros países en desarrollo, y autorizar la comercialización en
Estados Unidos de productos de la biotecnología cubana, como el Heberprot- P y
el Nimotuzumab, anticuerpo monoclonal para tratar el cáncer de cabeza y cuello
avanzados.
-- En el sector bancario y financiero, donde el gobierno de
Obama ha aplicado acciones de acoso financiero, también pueden modificarse
varias regulaciones y autorizar por ejemplo, el uso del dólar estadounidense en
las transacciones internacionales de Cuba, el consentimiento para que estas
transacciones se realicen a través del sistema bancario de Estados Unidos
cuando provengan de operaciones nuestras con terceros países y la reversión de
la política de persecución financiera contra la Isla, que incrementa el temor
de los bancos de terceros países a operar con Cuba o a ejecutar transferencias
bancarias a favor de empresas u organizaciones cubanas. Otras acciones
comprenderían posibilitar a entidades cubanas (bancos, empresas, etc.) abrir
cuentas en bancos de Estados Unidos e instruir a los representantes de Estados
Unidos en las instituciones financieras internacionales que no bloqueen el
otorgamiento de créditos u otras facilidades financieras a Cuba.
Por tanto, Obama tiene posibilidades ilimitadas para
modificar de manera significativa las restricciones vigentes y vaciar al
bloqueo de su contenido fundamental mediante el ejercicio de sus prerrogativas
con determinación.
El proceso hacia la normalización de las relaciones
bilaterales pasa necesariamente por el levantamiento del bloqueo, el cual
constituye el mayor obstáculo para las relaciones económicas, comerciales y
financieras de Cuba con Estados Unidos y el resto del mundo, y para el
desarrollo de todas las potencialidades de la economía cubana.
(Tomado del diario Granma)
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